Actividades Académicas y Administrativas
Sanciones económicas
Por la sanción de amonestación, suspensión y retiro definitivo
Los alumnos que deseen acogerse a la sanción económica por haberse hecho acreedores a la sanción de amonestación, deberán abonar el 10% de la UIT vigente y podrán matricularse en los créditos ofrecidos en el plan de estudios del semestre correspondiente.
Los alumnos que deseen acogerse a la sanción económica por haberse hecho acreedores a la sanción de suspensión, deberán abonar el 10% de la UIT vigente y automáticamente quedará sin efecto la suspensión y tendrán derecho a matricularse en los créditos ofrecidos en su plan de estudios del semestre correspondiente.
Los alumnos que deseen acogerse a la sanción económica por haberse hecho acreedores al retiro definitivo, deberán abonar el 25% de la UIT vigente y automáticamente quedará sin efecto la sanción (retiro definitivo), pudiendo matricularse en los créditos ofrecidos en su plan de estudios del semestre correspondiente.
Procedimiento
El alumno presentará la solicitud dirigida al director de la Escuela de Formación Profesional de su facultad, indicando su decisión voluntaria de acogerse a la sanción económica.
El alumno anexará a su solicitud el recibo de pago correspondiente.
Los alumnos con sanción económica, deberán regirse al calendario establecido por la Oficina General de Asuntos Académicos.
El director de la Escuela de Formación Profesional será el encargado de evaluar las solicitudes de los estudiantes.
El director de la Escuela de Formación Profesional solicitará al decano la emisión de la resolución decanal correspondiente.
El director de la Escuela de Formación Profesional remitirá a la Oficina General de Asuntos Académicos (OGAA) los expedientes de los estudiantes conteniendo la siguiente documentación:
- Solicitud del estudiante.
- Recibo de pago por amonestación o sanción o retiro definitivo (según sea el caso).
- Resolución decanal de autorización respectiva.
- Copia del historial académico completo del estudiante, firmado y visado por el director de Escuela de Formación Profesional y por el jefe de Asuntos Académicos de la misma facultad, para el caso de los ingresantes hasta 1997. Para el caso de los alumnos ingresantes a partir de 1998, el historial académico será visado por el jefe de de la Oficina General de Asuntos Académicos.
La Oficina General de Asuntos Académicos elaborará el calendario académico, recibirá los expedientes de los estudiantes, preparará el paquete académico para la matrícula de los estudiantes y procederá a realizar la matrícula.